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http://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/51604
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | El Republicano | - |
dc.coverage.spatial | Arequipa | es_ES |
dc.date.accessioned | 2021-08-05T19:16:21Z | - |
dc.date.available | 2021-08-05T19:16:21Z | - |
dc.date.issued | 1838 | - |
dc.date.issued | 15/09/1838 | - |
dc.identifier.uri | https://drive.google.com/file/d/1cN8lFX0zW7P-7H3zuJs51U0cmAVGYiLs/view?usp=sharing | - |
dc.identifier.uri | https://drive.google.com/file/d/1cLVrAGMjucy-mSE0AyE8teSuHi1djUyW/view?usp=sharing | - |
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dc.identifier.uri | http://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/51604 | - |
dc.description | Semanal | es_ES |
dc.description.abstract | Página [1]: Por decreto las tesorerías del Estado, una vez que los Sub prefectos, cubran el monto de las contribuciones de su provincia, darán a los recaudadores, un premio el dos por ciento.; Resolución respecto a que la contribución de los predios urbanos, solo tendrá lugar en las capitales de departamento y lugares de gran población y comercio.; Decreto por el cual los Comisarios de guerra, deberán afianzar el manejo de los capitales a su cargo, por el valor de diez mil pesos de lo contrario, no podrán ejercer su Ministerio.; Publicación de la lista de los empleados, que componen la Contaduría general de valores del Estado, con sus respectivas dotaciones.; Lista de los señores nombrados, con arreglo, de la Contaduría general de valores del Estado, decretada el 18 del corriente.; Por decreto queda establecida, la Corte Superior de Justicia del Estado, siendo su residencia la capital del Cuzco.; Publicación de la Lista de los señores nombrados Ministros, de la Corte Suprema de Justicia del Cuzco. Página 3: Por decreto se crea en este departamento, la provincia de Abancay.; Nota relativa a la copia autorizada del decreto expedido en la fecha, habilitando el puerto de Chala, para el comercio extranjero.; Mediante decreto, además de habilitadas las Caletas de Vítor, Morro de Sama, Ilo, Yerbabuena, Cocotea, Mollendo, Aranta y Quilca, queda abierto al comercio extranjero, el puerto de Chala.; Se aprueba la costumbre de jugar gallos en esta ciudad y la rebaja anual de ochenta y seis pesos, cuatro reales, hecha al subastador del coliseo de dicho juego.; Por decreto se declara la arroba de vino, del extranjero de envase mayor, la gracia concedida a los cajones de doce botellas.; Resolución respecto a que la recaudación de las contribuciones del semestre de Navidad, se hagan por mesadas, de octubre a marzo del 1839, quedando para esa fecha, cancelados los cargos de las Sub Prefecturas. Página 4: Comentario del Editor del Republicano, relativo a los sucesos ocurridos en Tarma, el 31 de agosto último y en Ica el 3 del corriente. (Continuará). | es_ES |
dc.description.tableofcontents | Página [1]-4 | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Imprenta del Gobierno | es_ES |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | - |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ | - |
dc.subject | periódicos | es_ES |
dc.subject | historia | es_ES |
dc.subject | siglo XIX | es_ES |
dc.subject | Arequipa | es_ES |
dc.subject | Perú | es_ES |
dc.title | El Republicano: 15 de setiembre de 1838 | es_ES |
Aparece en las colecciones: | El Republicano |
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