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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorEl Republicano-
dc.coverage.spatialArequipaes_ES
dc.date.accessioned2022-07-19T19:10:22Z-
dc.date.available2022-07-19T19:10:22Z-
dc.date.issued1850-
dc.date.issued5/01/1850-
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dc.identifier.urihttp://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/52060-
dc.descriptionSemanales_ES
dc.description.abstractPágina [1]-3: Circular respecto al N° 49 Tomo 22 del Peruano, en que se encuentra registrada la ley del Congreso, para arreglar la demarcación territorial de la República.; Nota respecto a la ley del Congreso, sobre la demarcación territorial, en la cual los Prefectos organizarán expedientes.; Por decreto se impone la pensión, de dos reales por cada cabeza de ganado vacuno, medio real por la del lanar y dos reales por cada cabeza de ganado mular o caballar, que sean introducidas por otras Repúblicas (El Peruano N° 49).; Por decreto los Prefectos de los departamentos y Gobernadores de Provincia, harán la convocatoria, para que se organicen las juntas del registro cívico y se proceda a la formación de los Colegios electorales de parroquia, provincia y demás prescritos por la ley.; Circular a los Prefectos y Gobernadores, relativa a la convocatoria sobre la renovación de los Colegios electorales, registrado en el N° 53 del Peruano.; Publicación de los artículos sobre el derecho de elegir, practicada por los ciudadanos en ejercicio, reunidos en los Colegios electorales de parroquias y provincias. Página 4: Disposición del Gobierno, para que todos los cirujanos del Ejército y Armada se presenten en el Ministerio de Guerra, dentro de 15 días, los que se hallen en la Capital y dentro de dos meses, los que se encuentren en cualquier otro punto de la República.; Disposición del Congreso para que se reconozca como deuda nacional, la cantidad que se adeuda a los hijos del señor José Sánchez Carreón, por el montepío concedido y que ahora renuncian espontáneamente.; Nota relativa al estado de tranquilidad en que se halla la ciudad de Arequipa, esperando siga en ese orden.; Contestación a la nota anterior, respecto a los medios a emplearse para que la tranquilidad que hoy posee la ciudad de Arequipa, no se vea interrumpida.; Vacuna. Se administra en esta Intendencia los viernes 11 de enero de 1850, a las doce de la mañana y se avisa al público para que asistan las madres que tengan criaturas.; Han sido nombrados por el Protomedicato los doctores, Juan Felipe Chávez y Fernando Aranibar.; Se ha nombrado de guardia la botica de Manuel Cervantes y para sangrador al señor Silverio Méndez.; Se avisa al público, en cumplimiento al artículo 4to., del arancel vigente, que estando la fanega de trigo a precio de seis pesos dos reales, debe tener el real de pan, el peso de 30 onzas.es_ES
dc.description.tableofcontentsPáginas [1]-6es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherImprenta del Gobiernoes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/-
dc.subjectperiódicoses_ES
dc.subjecthistoriaes_ES
dc.subjectsiglo XIXes_ES
dc.subjectArequipaes_ES
dc.subjectPerúes_ES
dc.titleEl Republicano: 5 de enero de 1850es_ES
Aparece en las colecciones: El Republicano

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