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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorEl Republicano-
dc.coverage.spatialArequipaes_ES
dc.date.accessioned2022-07-19T19:10:24Z-
dc.date.available2022-07-19T19:10:24Z-
dc.date.issued1850-
dc.date.issued8/06/1850-
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dc.identifier.urihttp://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/52099-
dc.descriptionSemanales_ES
dc.description.abstractPágina [1]: Continúa la publicación del prepuesto general, aprobado por el Congreso para el bienio de 1850 y 1851 (Continuará).; Firmas de los señores, Roberto Soutter como representante de las casas de comercio Soutter, Symington y Robinson de Nueva York, Soutter, Jones de Filadelfia; y Roberto Soutter menor y Cía., de Norfolk en los Estados Unidos y Tomás R. Eldredge de este comercio de Lima, con el objeto de negociar el empréstito, autorizado por la ley del Congreso. Página 2: Queda entendido que los prestamistas, están obligados del Gobierno si le conviniere, el adelanto que ahora proponen, de los trescientos ochenta y cuatro mil pesos, si se efectúa el empréstito, de los ochocientos mil pesos en Inglaterra.; La casa de Alsop y Cía., de este comercio, que en vista de la invitación de un préstamo insertado en el Peruano N° 20 Tomo 23, ofrece prestar, doscientos mil pesos, bajo algunas condiciones. Página 3: Nota de Rollin Torne y Cía., que impuestos por la ley publicada el 27 de febrero de 1850, informan que el Presidente se halla autorizado para levantar un empréstito por la cantidad de 800,000 pesos hipotecando el ramo de guano, que se consume en Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos. Página 4: Decreto por el cual no estando arregladas a la ley del 25 de enero de 1850, las propuestas de Robert Soutter y Thomas Eldredge, por la casa de Alsop y Cía., para verificar el empréstito de 384,000 pesos y no ofreciéndose en las propuestas indicadas, los ahorros y economías que procura tener el Gobierno, se les declara sin efecto.; Guillermo Gibbs y Cía. y Montane y Cía. han presentado una propuesta para el empréstito, que está autorizado a levantar el Supremo Gobierno, por ley de 25 de enero de 1850, comprometiéndose a entregar en efectivo, la cantidad señalada en dicha ley.; Nota por la cual se acepta la propuesta presentada por Guillermo Gibbs y Cía. y Montane y Cía., sobre el empréstito, que el Gobierno está autorizado a tomar en esta capital, según ley del 25 de enero de 1850.; Se ha nombrado de guardia la botica de Manuel Moscoso y para sangrador a Bartolomé Delgado.; Se vende una casa con bodega y vasija en la calle San Pedro, los interesados, tratar con el señor Diego Kendall, de la calle San Agustín.es_ES
dc.description.tableofcontentsPáginas [1]-4es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherImprenta del Gobiernoes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/-
dc.subjectperiódicoses_ES
dc.subjecthistoriaes_ES
dc.subjectsiglo XIXes_ES
dc.subjectArequipaes_ES
dc.subjectPerúes_ES
dc.titleEl Republicano: 8 de junio de 1850es_ES
Aparece en las colecciones: El Republicano

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