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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorEl Republicano-
dc.coverage.spatialArequipaes_ES
dc.date.accessioned2022-07-19T19:10:29Z-
dc.date.available2022-07-19T19:10:29Z-
dc.date.issued1852-
dc.date.issued21/07/1852-
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dc.descriptionSemanales_ES
dc.description.abstractPágina [1]: Nombramientos: Cónsul general de la República en el Brasil a Evaristo Gómez Sánchez.; Cónsul de Bolivia en Tacna a Francisco de Paula Belzu.; Ministro Plenipotenciario cerca del Gobierno de S. Majestad Británica, al General Manuel de Mendiburu.; Encargado de Negocios de la República cerca del Gobierno de Francia, a Francisco de Rivero.; Ministro de Estado en el despacho de Instrucción pública, Negocios Eclesiásticos, Justicia y Beneficencia al Dr. Agustín Guillermo Charun.; Disposición del Gobierno para que la Caja de Consolidación proceda a recoger los vales expedidos por créditos, a algunos establecimientos de Beneficencia e instrucción pública, otorgándoles un certificado inajenable.; Se Habilita la Caleta de Chanavaya, para que por ella puedan exportarse salitres, con sumisión a los requisitos de reglamento.; No estando prohibida la circulación de las monedas de escudos y doblones de Centroamérica, estas deben recibirse en la Tesorería, y obligar a los acreedores del Estado, a aceptarlas. Página 2: Contestación a la consulta hecha al Gobierno por el Administrador de la Aduana de Huanchaco, sobre si continuará rigiendo el arancel actual, en caso el nuevo no este expedito, para cuando empiece a regir el nuevo Reglamento de comercio.; El Vista de la aduana de Islay, deberá entender que la ginebra, coñac, brandy, ron y wiski, no son mistelas sino aguardientes.; En cumplimiento al artículo 1° de la ley del 23 de diciembre de 1851, se han remitido 79 ejemplares del Código civil, para ser distribuidos en las provincias y distritos del departamento.; Por decreto en el pago que deben hacer las Aduanas a las capitanías de puerto, se abonará a los Jefes y oficiales de guerra o del cuerpo político que la desempeñen, el sueldo de embarcado sin mando, según su graduación.; Razón nominal de los señores que han sido elegidos, para componer la mesa permanente del Colegio de provincia. Página 3: Estado que manifiesta los ingresos y egresos, que ha tenido la administración principal de correos, en todo el mes de junio de 1852.; Avisos. Se administra en esta Intendencia el viernes 26 de junio de 1852, al medio día y se avisa al público para que concurran todas las madres que tengan criaturas.; Se ha nombrado de guardia la botica de las Mercedes y para sangrador al maestro Sebastián Capaz.; Estando la fanega de trigo al precio de 4 pesos 4 reales, debe tener el real de pan, el peso de 40 onzas. Página 4: Razón de las cédulas de reconocimiento expedidas por este Ministerio, a favor de los individuos que se expresan.es_ES
dc.description.tableofcontentsPáginas [1]-4es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherImprenta del Gobiernoes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/-
dc.subjectperiódicoses_ES
dc.subjecthistoriaes_ES
dc.subjectsiglo XIXes_ES
dc.subjectArequipaes_ES
dc.subjectPerúes_ES
dc.titleEl Republicano: 21 de julio de 1852es_ES
Aparece en las colecciones: El Republicano

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