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Título : El Republicano: 23 de mayo de 1846
Autor : El Republicano
Palabras clave : periódicos;historia;siglo XIX;Arequipa;Perú
Fecha de publicación : 1846
23
Editorial : Imprenta del Gobierno
Resumen : Página [1]: Nota respecto a lo indicado en las secciones 10 y 11 del Reglamento de Comercio, respecto a los Jueces, que deben conocer toda clase de fraude por contrabando.; Copia autorizada, del documento preparado, sobre la dispensa de edad que solicitó Alonso Donaire, para administrar los bienes de su patrimonio.; El Fiscal, declara innecesaria la dispensa de edad solicitada por Alonso Donaire, para la administración de sus bienes, por contar con los 21 años que requiere la ley, del 17 de diciembre de 1829.; Circular sobre la confusión de creer que la edad de 25 años, establecida por la Constitución para ser ciudadano en ejercicio, se extienda también a la adquisición de los derechos civiles.; Aviso. El Gobierno ha expedido patente de Cónsul en Marsella, al Diputado de Comercio José Vicente Oyague.; Por decreto el Gobierno ha dispuesto que los puntos de la República, limítrofes con el Brasil y el Ecuador, sean custodiados por el ejército.; Juicio criminal provocado entre personas domiciliadas y residentes de la provincia de Chancay. Página 2: Resolución del 27 de diciembre de 1822, en la cual se dispone que para el conocimiento de las causas contenciosas militares en 1ra. Instancia, se nombre en Lima, un Jefe que mande con el Auditor de Guerra.; Se declara que la jurisdicción del Juez de 1ra. Instancia de esta Capital, sea desplegada a todas las provincias del departamento (El Peruano N° 30).; Circular del 11 de noviembre de 1845, respecto a la protección de los ciudadanos de Bolivia, residentes en Arequipa, Cuzco, Puno y Moquegua.; Noticia recibida por el Gobierno de Bolivia, sobre la circular del 11 de noviembre de 1845, considerada como una importante medida, para el progreso de las relaciones entre Perú y Bolivia., Declaración de los empleados de policía, sobre que no tienen propiedad en sus destinos, haciendo más fácil el relevo de los que no desempeñan bien sus obligaciones.; Se previene al Administrador de la Aduana de Islay, para que por ningún motivo deje de remitir mensualmente las licencias, en cumplimiento al artículo 7°, citado en el decreto del 21 de marzo de 1842.; Los Gobernadores del distrito, deben realizar las cobranzas de las contribuciones, en toda la provincia de Arequipa. Pagina 3: Razón de las causas civiles y criminales, vistas y resueltas por las salas del Tribunal, en el mes de abril de 1846.; Se ha nombrado de guardia la botica de Manuel Moscoso y para sangradores Sebastián Capaz y Eugenio Castillo.; Nota del editor del Republicano respecto a la notificación hecha al doctor Alejandro Norris, para que deje de ejercer la facultad de Médico quirúrgico, según lo dispuesto por el Tribunal del Protomedicato bajo pena de ley. Página N° 4: Aviso. La Universidad G. P. San Agustín, se ha valido del señor Juan Gualberto Valdivia, para que diserte sobre los principios de Religión y moral, que parecen estar en constante oposición con los de ciencia de Economía política.
Descripción : Semanal
URI : https://drive.google.com/file/d/1AlguF1MMym6CmLZ41JjQyE2VPi54OJ-Y/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1BH1SpekJ68U7Dr9BXTTnKUeWh91Wc6-Q/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1BFsDGh2owmzElN_EgTQP5bdlofmY76rI/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1B7C0jJwRHRrVgZGkivI36hy_EerLzfCB/view?usp=sharing
http://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/52007
Aparece en las colecciones: El Republicano

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