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Título : El Republicano: 30 de junio de 1852
Autor : El Republicano
Palabras clave : periódicos;historia;siglo XIX;Arequipa;Perú
Fecha de publicación : 1852
30
Editorial : Imprenta del Gobierno
Resumen : Página [1]: El Gobierno, sobre las acusaciones y quejas contra los funcionarios políticos y según el artículo 199 de la ley del 21 de diciembre de 1849, ha dispuesto que dichos funcionarios no deben separarse del lugar de su residencia, ni desatender las funciones a su cargo.; Contestación a la consulta del Administrador de la Aduana del Callao, sobre el monto a fijarse, como base del remate de las especies, que adeudan derechos de almacenaje. Página 2: Las casas de remate a martillo están prohibidas, según ley del 25 de noviembre de 1839.; El Consejo aprueba la consulta del Ejecutivo, sobre si debiera impedir la costumbre introducida en la Aduana del Callao, respecto al remate de los diversos artículos averiados de comercio.; El Cabildo Eclesiástico del Obispado de Trujillo, pretende una vez más, se le adjudique los productos de las vacantes menores y pensión Carolina, que le corresponden al Estado en los diezmos. Página 3: Resolución por la cual, el Subprefecto de la provincia de Jauja Coronel Segundo Leiva, cancelando sus cargos en la Tesorería de Junín, podrá cancelar sus fianzas, sin tener que esperar el examen de la cuenta del departamento. Página 4: Circular a los Prefectos y Gobernadores litorales, para que antes del inicio del nuevo reglamento sobre almacenaje en las Aduanas, sean liquidadas las sumas adeudadas, por las mercaderías almacenadas, hasta diciembre de 1852.; En el Registro Oficial N° 23 se encuentra publicado el decreto, que determina que en los puertos mayores se practiquen los remates, de artículos navales y efectos averiados, por el agente comisionado, del Juzgado de Comercio.; Contestación a la consulta dirigida al Gobierno, por el Comandante general de Marina, con respecto a los artículos 101 y 106 del nuevo Reglamento de Comercio.; Acabados los plazos para que rija el nuevo Reglamento de Comercio, los adeudos por almacenaje, deberán fijarse de acuerdo a lo establecido por la ley.; Se concede la cantidad de diez mil pesos, para la construcción de un puente sobre el río de Vítor.; Avisos. Han sido nombrados por el Delegado de la Junta de medicina a los facultativos Juan Felipe Chávez y Gregorio Tejada, para el reconocimiento de los negocios de oficio, para el mes de julio de 1852.; Se ha nombrado de guardia la Botica del Rosario y para sangrador a Eugenio Castillo.
Descripción : Semanal
URI : https://drive.google.com/file/d/1SVs6FqBAs9PZSJ7unbYCV2XhsqvD88n6/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1SNx3DfQwG5PE6FKj7sGa_5vANNkXijMc/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1SrELm5ouTNIjiS7vNpzFHeonaxNnZFmx/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/1SkTysR1-JTwDpNMKkrupewPpKmnl1clv/view?usp=sharing
http://archivodocumental.ucsp.edu.pe/handle/Archivos/52207
Aparece en las colecciones: El Republicano

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